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martes, 07 de septiembre de 2010

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Nadie lo ayudo, y ahora si se acercan a él. Imprimir E-Mail

Domingo 17 de mayo de 2009.

CONSULTA AL ABOGADO

 

Cuando mi vecino huérfano era menor de edad, nadie ledio ni siquiera un pan. Ahora que falleció han aparecido sus hermanos mayoresreclamando la herencia.  ¿Qué puede hacerun sobrino que le ayudó en esos días aciagos?

Cuando una persona fallece, sus bienes pasan a susherederos, sea por disposición testamentaria o por sucesión legítima.

La ley dispone que todos los habitantes del Estado,sea cual fuere su edad, tienen capacidad para adquirir por sucesión, y nopueden ser privados de ella de un modo absoluto, pero con relación a ciertaspersonas y a determinados bienes pueden perderla según lo consignado en lamisma ley.

En ese orden de ideas, por razón de ilicitud sonincapaces de adquirir por sucesión los parientes del autor de la herencia(difunto) que teniendo obligación de darle alimentos, no lo hubieren cumplido.

Como sabemos, los hermanos son parientes porconsanguinidad en segundo grado, y tienen obligación de dar alimentos a faltade padres o hijos.

Por alimentos se entiende la comida, el vestido, lahabitación y la asistencia en

caso de enfermedad. En cuanto a los menores de edad,además se les debe proporcionar educación básica y para proporcionarle un oficio,arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales.

De tal manera, que si pudiendo ayudarle, los hermanosde su difunto vecino no le tendieron la mano a su hermano, de acuerdo a la leyresultan incapaces para heredar.

El sobrino puede promover lo conducente a fin de queel juez que conozca del juicio sucesorio declare la incapacidad para heredarpor ilicitud de los hermanos.

En dicho procedimiento se deben aportar las pruebasnecesarias para demostrar los extremos anotados anteriormente.

Un abogado le podrá auxiliar ante el juzgado paraobtener las resoluciones favorables en términos de justicia.

LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE

Quinta 1510, entre Bravo y Bustamante

H.Matamoros, Tamaulipas.

Visita: www.notariojvelarde.com

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Lic. Jorge Luis Velarde Danache   -   Notario Público 150
Quinta No. 1510     Bravo y Bustamante    H. Matamoros, Tam. , México
Tel: (868) 812-2161 y 816-6263        Fax: (868) 812-2472       Email: jvelarde@notariojvelarde.com
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