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jueves, 09 de septiembre de 2010

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Soy albacea ¿Qué hago? Imprimir E-Mail

Domingo 6 de julio de 2003
CONSULTA AL ABOGADO

Me nombraron albacea de la herencia de mi madre, pero no sé que tengo que hacer.  ¿Cuáles son mis obligaciones como albacea?

Albacea es la persona que se designa para que administre los bienes de la herencia.  El albacea lo puede designar la persona al hacer su testamento o lo puede designar el juez si no hay testamento o el que haya sido designado por algún motivo no asume el cargo de albacea.

Son muchas y muy variadas las obligaciones del albacea.  Principalmente el albacea tiene la obligación de presentar el testamento para el trámite del juicio sucesorio.  También debe proceder al aseguramiento de los bienes hereditarios y a la formación de un inventario en el que se haga un listado pormenorizado de todos los bienes que fueron del ahora difunto.  Sus obligaciones consisten además en que debe administrar los bienes de la herencia y debe, por obligación legal, rendir cuentas detalladas del albaceazgo.

El albacea debe proceder al pago de las deudas ocasionadas con el funeral y sepelio del que fue dueño de los bienes, así como las deudas hereditarias y las testamentarias.

Debe proponer la partición y adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios, de acuerdo a un proyecto que presentará al juez correspondiente que esté conociendo del juicio sucesorio.  Así también debe defender en juicio y fuera de él, la herencia y la validez del testamento.

El albacea también debe representar a la sucesión (herencia) en todos los juicios que se hubieren promovido en su nombre o en su contra.

Recuerde que cuando lo nombran albacea debe de ir al juzgado a aceptar el cargo y a protestar (prometer) su fiel y legal desempeño.  Le sugiero que vaya acompañado de un abogado titulado para que le asesore y le asista durante el procedimiento sucesorio.

LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Primera 1207, entre González y Abasolo
H. Matamoros, Tamaulipas
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