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viernes, 30 de julio de 2010

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No me quiere pagar Imprimir E-Mail

Domingo 23 de febrero de 2003
CONSULTA AL ABOGADO

Una persona me debe dinero desde el pasado mes de diciembre y me dice que no me puede pagar debido a que ha tenido un problema por “caso fortuito”. ¿Cómo le puedo hacer para que me pague y si le puedo cobrar intereses?

El asunto que usted plantea es muy común, y de pretextos se valen algunos para no pagar.  Es importante que usted tenga un documento que ampare que dicha persona le debe cierta cantidad de dinero.  En el mismo documento se pudo haber fijado el interés correspondiente y el plazo para el pago.

Si en el documento que ampara la deuda no se fijó plazo para que el deudor le pague, deberá usted exigirle el pago en la forma en que marca la ley y darle un plazo de treinta días para que pague.

Si vencido el plazo y el deudor no le paga, entonces se generarán intereses en la forma que se haya convenido en el documento que ampare la deuda, y si no se señaló interés, se podrá cobrar el interés legal, que consiste en el interés más alto que fije el Banco de México en depósitos a plazo fijo dentro del periodo de incumplimiento.

La ley establece que nadie está obligado a cumplir una obligación, si no es posible hacerlo con motivo de caso fortuito.  El caso fortuito no es simplemente una frase que se puede invocar para no cumplir con las obligaciones, sino que es todo acontecimiento natural, previsible o imprevisible, pero inevitable, por virtud del cual se imposibilite el cumplimiento de la obligación.

Como ejemplo de caso fortuito sería un terremoto o un huracán y que a raíz de los mismos, el deudor no pudiera cumplir con sus obligaciones de pago que tiene con usted. 

En atención a lo anterior, deberá usted tener un documento que ampare la deuda, se haya fijado el plazo para el pago y los intereses correspondientes.  En caso de no haberse señalado el plazo y los intereses, deberá procederse como de dijo anteriormente.  En lo que respecta al caso fortuito, deberá analizarse si realmente aconteció y si sigue siendo motivo para que el deudor no le pague.

Si habiendo hecho lo señalado en líneas arriba, el deudor sigue sin pagar, entonces deberá asesorarse de una abogado a fin de que se entable la demanda correspondiente a fin de que se le pague su adeudo.

LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Primera 1207, entre González y Abasolo
H. Matamoros, Tamaulipas.
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Tel: (868) 812-2161 y 816-6263        Fax: (868) 812-2472       Email: jvelarde@notariojvelarde.com
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