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viernes, 30 de julio de 2010

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¿Comó nos legalizamos? Imprimir E-Mail

Domingo 2 de febrero de 2003
CONSULTA AL ABOGADO

Nos hemos reunido en la colonia en que vivimos para formar un club deportivo y social, el cual, queremos que quede debidamente legalizado.  ¿Qué trámites tenemos que hacer para que la agrupación quede bien establecida?

La ley señala que cuando varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico, constituyen una asociación civil con patrimonio y personalidad jurídica propia.

De tal manera que si el propósito de ustedes es reunirse para formar un club social y deportivo, deberán constituir una Asociación Civil.
Como primer paso deberán decidir el nombre de la asociación, para que así, solicitar a la Secretaría de Relaciones Exteriores que les autorice el uso de tal nombre.  Hecho lo anterior, el negocio jurídico por el que se constituye una asociación deberá constar en escritura otorgada ante notario público, o en escritura privada, a elección de los asociados.  Sin embargo, cuando algún asociado transfiera a la asociación un inmueble, como por ejemplo, para construir las instalaciones deportivas, la constitución de la asociación deberá hacerse en escritura ante notario.  En cualquiera de los casos señalados anteriormente, deberá inscribirse el documento correspondiente en el Registro Público de la Propiedad.

Si la asociación no se constituye por escrito o habiéndolo hecho, no se inscribe en el registro público, será considerada una asociación irregular, y los asociados responderán solidariamente con las obligaciones en que se haya incurrido a nombre de la asociación, por lo que es recomendable cumplir siempre con lo que dispone la ley.

El poder supremo de las asociaciones reside en la asamblea general y los directivos de ellas tendrán las facultades que los estatutos y la asamblea general les concedan.

Los asociados tienen derecho de vigilar que las cuotas se dediquen al fin que se propone la asociación, y con ese objeto pueden examinar los libros de contabilidad y demás papeles de ésta.

Les sugiero que contraten los servicios de un abogado o de un notario público para que los asesore, realice los trámites legales necesarios, prepare un proyecto de estatutos, y les asista en cualquier otra consulta de índole legal que deseen conocer.

LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Primera 1207, entre González y Abasolo
H. Matamoros, Tamaulipas.
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Tel: (868) 812-2161 y 816-6263        Fax: (868) 812-2472       Email: jvelarde@notariojvelarde.com
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